Visado de Autorización Administrativa de Transportes Públicos Discrecional.
Visado de Autorización Administrativa de Transportes Públicos Discrecional.
Finalidad
Las autorizaciones administrativas de transportes serán visadas por el Cabildo Insular correspondiente cada dos años. El visado es la actuación de la administración pública competente por la que se constata el mantenimiento De las condiciones que originariamente justificaron el otorgamiento de la autorización y que constituyen requisitos para su validez, y de aquellos otros que aun no siendo exigidos originariamente, resultan, asimismo, de obligado cumplimiento.
Quien lo puede Presentar
Persona física y/o jurídica.
Plazos de Presentación
Todo el año.
Organo Gestor
La Consejera Insular de Área de Políticas Sociales.
Plazo de resolución
3 meses.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
LEY 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias. DECRETO 72/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley.
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica