SOLICITUD CONVENIOS EN MATERIA DE INDUSTRIA Y ACTIVIDADES CLASIFICADAS
Podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Cabildo Insular de Fuerteventura (al menos su dotación presupuestaria y beneficiario deberán aparecer determinados en los estados de gasto del Presupuesto), en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.Los convenios son acuerdos con efectos jurídicos adoptados por el Cabildo Insular de Fuerteventura con otras Administraciones Públicas, organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, o las Universidades, o con sujetos de derecho privado para un fin común.
Finalidad
El objeto de estas subvenciones deberá quedar determinado expresamente en el correspondiente convenio de colaboración que, en todo caso, deberá ser congruente con la clasificación funcional y económica del correspondiente crédito presupuestario.
Los convenios a través de los cuales se canalicen estas subvenciones establecerán las condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto en esta ley.
Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, o en los de las corporaciones locales, sin perjuicio de lo que a este respecto establezca su normativa reguladora.
Quien lo puede Presentar
Otras Administraciones Públicas, organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, o las Universidades, o sujetos de derecho privado para un fin común.
Organo Gestor
El Consejo de Gobierno Insular del Cabildo Insular de Fuerteventura
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
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Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica