Solicitud de subvención nominada en materia de Agricultura, Ganadería y Pesca
convenios reguladores de subvenciones nominadas a terceros
Finalidad
El presente procedimiento consiste en la conformación de un convenio de colaboración que, de acuerdo con lo dispuesto en los art. 22 y 28 de la Ley General de Subvenciones, constituye la norma reguladora de las subvenciones nominadas.
Quien lo puede Presentar
Aquellas personas físicas o jurídicas a las que el pleno del Cabildo haya previsto y aprobado una cuantía económica para subvencionar sus actividades o inversiones
Plazos de Presentación
Desde que sea operativo el presupuesto en el cual se haya nominado el importe correspondiente
Organo Gestor
Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca a través de las unidades que lo integran
Plazo de resolución
El expediente terminado se tramita a la primera Comisión que se convoque y seguidamente al Consejo de Gobierno que es el Órgano competente para aprobar el convenio.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por R.D.887/06 de 21 de julio. Ley 8/2015 de abril de Cabildos Insulares
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica