Certificado para la Dirección General de Tráfico de Transporte Público Discrecional de Mercancías.
Certificado para la Dirección General de Tráfico de Transporte Público Discrecional de Mercancías.
Finalidad
Certificado que acredita reunir el titular y el vehículo todos los requisitos de carácter general exigidos para obtener la correspondiente autorización de transportes a la que podrá adscribirse dicho vehículo, que se destinará al servicio público.
Quien lo puede Presentar
Persona física y/o jurídica.
Plazos de Presentación
Todo el año.
Organo Gestor
La Consejera Insular de Área de Políticas Sociales.
Plazo de resolución
3 meses.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
LEY 66/1997, de 30 de diciembre de 1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. LEY 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias. DECRETO 72/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley.
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica