Autorización Administrativa de Transporte Público Discrecional de Mercancías serie MDP
Realizar transporte, con reiteración o no, de itinerario, calendario y horario en un mismo vehículo transporte en el que existan uno o varios remitentes, y uno o varios destinatarios, siempre que se observen los requisitos establecidos, en su caso, por la administración pública competente, en relación con el peso, volumen homogeneidad y otras características de las cargas; así como, cuando proceda, el régimen tarifario aplicable. Los transportes públicos discrecionales de mercancías, sólo podrán realizarse por las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos sobre capacitación profesional, económica, honorabilidad y de flota mínima de vehículos concretos, con limite sobre su antigüedad, número mínimo y la capacidad de carga. Tendrán la consideración de vehículos pesados, aquellos cuya masa máxima autorizada sea superior a seis toneladas métricas y cuya capacidad de carga útil exceda de tres toneladas métricas y media
Finalidad
Realizar transporte, con reiteración o no, de itinerario, calendario y horario en un mismo vehículo transporte en el que existan uno o varios remitentes, y uno o varios destinatarios, siempre que se observen los requisitos establecidos, en su caso, por la administración pública competente, en relación con el peso, volumen homogeneidad y otras características de las cargas; así como, cuando proceda, el régimen tarifario aplicable. Los transportes públicos discrecionales de mercancías, sólo podrán realizarse por las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos sobre capacitación profesional, económica, honorabilidad y de flota mínima de vehículos concretos, con limite sobre su antigüedad, número mínimo y la capacidad de carga. Tendrán la consideración de vehículos ligeros, aquellos cuya masa máxima autorizada no exceda de seis toneladas métricas o que, sobrepasando dicho peso, tengan una capacidad de carga útil no superior a tres toneladas métricas y media.
Quien lo puede Presentar
Persona física y/o jurídica.
Plazos de Presentación
Todo el año.
Organo Gestor
La Consejera Insular de Área de Políticas Sociales.
Plazo de resolución
3 meses.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
LEY 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias. DECRETO 72/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley.
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica