Oficina Virtual de Trámites

Cabildo de Fuerteventura

Visado de Autorización Administrativa de Transportes de Privados Complementarios.

Visado de Autorización Administrativa de Transportes de Privados Complementarios.

Finalidad

Las autorizaciones administrativas de transportes serán visadas por el Cabildo Insular correspondiente cada dos años. El visado es la actuación de la administración pública competente por la que se constata el mantenimiento De las condiciones que originariamente justificaron el otorgamiento de la autorización y que constituyen requisitos para su validez, y de aquellos otros que aun no siendo exigidos originariamente, resultan, asimismo, de obligado cumplimiento.

Quien lo puede Presentar

Persona física y/o jurídica.

Plazos de Presentación

Todo el año.

Organo Gestor

La Consejera Insular de Área de Políticas Sociales.

Plazo de resolución

3 meses.

Efecto del silencio Administrativo

Desestimatorio

Normativa básica

LEY 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias. DECRETO 72/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley.

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Copyrights © 2024 Cabildo de Fuerteventura

Made with by add4u