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Cabildo de Fuerteventura

AUTORIZACIONES GENERALES CONSEJO INSULAR DE AGUAS

Autorización de aquellas actuaciones que por su objeto o finalidad no se encuentren definidas en la clasificación de expedientes aprobada por el Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura.

Finalidad

Obtener la previa autorización en aquellas actuaciones que por su objeto o finalidad no se encuentren definidas en la clasificación de expedientes aprobada por el Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura.

Quien lo puede Presentar

Cualquier persona física o jurídica

Organo Gestor

Presidencia del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura

Plazo de resolución

6 meses (Disposición Adicional 6ª Texto Refundido Ley de Aguas)

Efecto del silencio Administrativo

Desestimatorio

Normativa básica

Ley Territorial 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.
Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
Decreto 45/2015, de 9 de abril, por el que se aprueban las normas sustantivas transitorias de planificación hidrológica de la demarcación hidrográfica de Fuerteventura.
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

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