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Cabildo de Fuerteventura

SOLICITUD DE BAJA DEL CARNÉ DE ARTESANO

SOLICITUD DE BAJA DEL CARNÉ DE ARTESANO

Finalidad

La solicitud de baja del carné de artesano tiene por finalidad causar baja en el Registro de artesanos de Fuerteventura.

Quien lo puede Presentar

Artesanos con carné de artesano en vigor concedido por el Excmo. Cabildo de Fuerteventura.

Plazos de Presentación

La solicitud de baja se puede presentar en cualquier momento.

Organo Gestor

Consejero Insular de Área de Desarrollo económico, modernización tecnológica y fomento del empleo

Plazo de resolución

El plazo máximo de resolución de este procedimiento será de 6 meses.

Efecto del silencio Administrativo

Desestimatorio

Normativa básica

Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE núm. 236, de 02/10/2015)

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE núm. 236, de 02/10/2015).

Ley 3/2001, de 26 de junio, de Artesanía de Canarias. (Boletín Oficial de Canarias núm. 83, viernes 6 de julio de 2001)

Orden de 7 de noviembre de 2006, por la que se establece el procedimiento de obtención del carné de artesano/a, del documento de calificación de empresa artesana y del carné de monitor artesano o maestro artesano. (Boletín Oficial de Canarias núm. 223, jueves 16 de noviembre de 2006)

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

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