SOLICITUD ACCIONES EXPERIMENTALES DE FINCAS COLABORADORAS.
Acciones experimentales de fincas colaboradoras
Finalidad
Financiar el desarrollo en sus fincas o medios de producción de un programa experimental agropecuario o pesquero o de desarrollo tecnológico en colaboración con el Cabildo de Fuerteventura, cuyos resultados sean aplicables a amplias bases del sector productivo
Quien lo puede Presentar
Agricultores, ganaderos y pescadores profesionales
Plazos de Presentación
El que fije la convocatoria
Organo Gestor
Órgano colegiado
Plazo de resolución
Seis meses desde la convocatoria
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Ley Estatal 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y normas de desarrollo que tengan carácter básico o de aplicación supletoria por la Administración Local. Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por R.D. 887/2.006 de 21 de Julio. La Legislación Básica del Estado reguladora de la Administración Local (Artículo 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 189.2 y 214,2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).Las normas legales o reglamentarias que establezca la Comunidad Autónoma, en ejercicio de sus competencias de desarrollo sobre la materia o en virtud de sus competencias propias. El Derecho comunitario en los términos a que se hace referencia en el artículo 6 de la Ley General de Subvenciones. La Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo de Fuerteventura. La presente Ordenanza Específica. Las Bases de Ejecución del Presupuesto. Las normas de derecho privado (constituido fundamentalmente por el Código Civil).
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica