CONSULTA PÚBLICA PREVIA DE LA ORDENANZA ESPECÍFICA DEL CABILDO DE FUERTEVENTURA REGULADORA DEL RÉGIMEN GENERAL DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.
CONSULTA PÚBLICA PREVIA DE LA ORDENANZA ESPECÍFICA DEL CABILDO DE FUERTEVENTURA REGULADORA DEL RÉGIMEN GENERAL DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.
Finalidad
De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de: a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa; b) Necesidad y Oportunidad de su aprobación; c) Objetivos de la norma; c) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
Quien lo puede Presentar
Personas físicas y jurídicas.
Plazos de Presentación
15 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la consulta previa en el portal de participación ciudadana del Cabildo de Fuerteventura.
Organo Gestor
Consejero del Área Insular de Políticas Sociales, Formación y Recursos Humanos
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica