Solicitud Autorización para Actos en Cauce Público.
Autorización para ejecutar un acto en cauce de Dominio Público Hidráulico.Finalidad
Autorización para la ejecución de un acto en una fecha o fechas concretas y con una duración predeterminada en un cauce con la consideración de Dominio Público Hidráulico, debiendo respetarse la normativa medioambiental vigente, siempre y cuando no se contravenga lo dispuesto en la vigente planificación hidrológica de la demarcación hidrográfica de Fuerteventura.
Quien lo puede Presentar
Cualquier persona física o jurídica.
Organo Gestor
Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, o en su caso, la Junta de Gobierno de este Consejo Insular de Aguas, cuando sea necesario Trámite de Información Pública.
Plazo de resolución
6 meses (Disposición Adicional 6ª Texto Refundido Ley de Aguas)
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
- Ley Territorial 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.
- Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
- Decreto 45/2015, de 9 de abril, por el que se aprueban las normas sustantivas transitorias d
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica